Inconsistencias Libro Diario y Libro Mayor
1.- Muchos lectores de este blog
al igual que el que suscribe, se encuentran preocupados debido a que el PLE arroja este resultado:
A estas alturas el programador y
el contador, se miran mutuamente para ver quien cometió el error, sin embargo
les aclaro que el error puede ser del aplicativo,
veamos un ejemplo simple:
Como se verifica se tiene al debe
el importe de 9884 y al haber los importes de 1779.12 y 11663.12 lo que da la
sumatoria de 9884, sin embargo para efectos del PLE, el aplicativo indica que
la sumatoria no es correcta.
Fuentes allegadas me han indicado
que la actualización de dicho aplicativo recién está disponible para la
siguiente semana, en ese sentido sólo cabe esperar la actualización e ir
validando la sumatoria a través de Excel para que esté lista para su envío.
Ahora bien, ¿Y la multa?
En relación a este error SUNAT actualizó la versión 4.0 a 4.0.1, y corrige el error mencionado en este post, para descargar esta nueva versión realiza un clic Aquí.
Facultad Discrecional de SUNAT
Es Vox populi, el hecho que la administración
Tributaria está administrando las infracciones en relación a Libros
Electrónicos, y que la misma se mantendrá durante el presente ejercicio, a
pesar de ello no existe un comunicado formal que avale dicha práctica, pues
estas están reguladas en circulares de carácter interno, amparadas en el primer
párrafo del Artículo 166° del Código Tributario que señala: “La Administración Tributaria tiene la
facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las
infracciones tributarias.”
Hasta la próxima...
El 28 de Mayo SUNAT se pronunció formalmente en su WEB, acerca de este error: